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Ocho años para el conserje de un colegio de Valencia por abusar de una niña

Tras los abusos, el bedel le decía a la víctima que lo que había pasado era un juego y que no se lo podía contar a nadie. La niña tenía 9 años

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  • Tribunales. -

El Tribunal Supremo ha confirmado la condena a ocho años y medio de prisión al conserje de un colegio de un municipio valenciano por abusar sexualmente de una alumna, de 9 años, que denunció los hechos una década después cuando el condenado la vio por la calle y trató de forzarla para llevarla a su casa.

La Sala de lo Penal ha dictado una sentencia, a la que ha tenido acceso EFE, que rechaza el recurso del condenado contra la resolución de Tribunal Superior de Justicia de Valencia, que ratificó otra de la Audiencia de Valencia por un delito continuado de abuso sexual sobre una menor y otro de coacciones.

Además de la pena de prisión, el reo no podrá comunicarse ni acercarse a menos de 200 metros de la víctima y deberá indemnizarla con 45.000 euros por las secuelas psicológicas.

Los abusos se produjeron en el colegio al que la niña y un hermano mayor asistieron entre los cursos 2004/2005 y 2007/2008, en los que la menor cursó de segundo a cuarto de Primaria.

Según la resolución, como los hermanos se dejaban el almuerzo en casa en numerosas ocasiones, la madre le pidió al condenado que les diera zumos o bollería a los niños cuando los olvidaran. Para ello, la mujer le solía llevar una vez a la semana una bolsa con estos alimentos.

Por este motivo, tanto la víctima como su hermano desarrollaron cierta confianza con el conserje que, además, era conocido del abuelo de los niños y de la propia madre, que había sido profesora sustituta de este mismo centro educativo.

De este modo, cuando la mujer, que atravesaba una situación personal complicada, se retrasaba en recoger a la hija, el portero se hacía cargo de ella desde las cinco de la tarde hasta que, o bien la madre o el abuelo de la menor llegaran, o bien el hermano dejara de jugar a fútbol y la recogiera.

La sentencia detalla que, durante el cuarto curso de la niña, el condenado comenzó a aprovechar estas ocasiones para llevarla a un cuarto que el colegio empleaba como trastero donde cerraba con llave para someter a la niña a tocamientos y a otros actos de tipo sexual.

Tras los abusos, el bedel le decía a la víctima que lo que había pasado era un juego y que no se lo podía contar a nadie. Esta situación se repitió durante el inicio del curso siguiente y finalizó cuando, a mitad de año, la nueva pareja de la madre comenzó a ir con puntualidad a por la menor a la salida del colegio.

La niña abandonó el centro educativo al final de ese curso.

Años después, cuando la víctima tenía 19 años, se encontró por la calle con el condenado, quien le dio dos besos, le preguntó dónde iba y cuál era su nueva dirección. La joven continuó caminando, sin revelarle esos datos, hasta que el conserje, que ya estaba jubilado, la cogió del brazo y tiró de ella para que subiera a su furgoneta y llevarla a casa.

Ella huyó del lugar apresuradamente y, cuando llegó a casa, le contó este encuentro a su madre, le dijo que tenía miedo del hombre y que había abusado de ella en el colegio cuando era niña. Ambas se fueron ese mismo día a denunciar los hechos ante la Guardia Civil.

En su recurso, la defensa del condenado pidió aplicar la Ley del solo sí es sí por entender que le es más favorable, pero el Supremo responde que "no procede" porque "no es más favorable dada la naturaleza continuada del delito y la agravación por la especial vulnerabilidad".

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