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Sevilla

Condenado por intento de homicidio en una botellona

La Audiencia de Sevilla ha condenado a seis años de cárcel a un joven que intentó matar a otro en una botellona juvenil, en venganza porque unas semanas después la pandilla del agredido iba a testificar contra él en un juicio

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La Audiencia de Sevilla ha condenado a seis años de cárcel a un joven que intentó matar a otro en una botellona juvenil, en venganza porque unas semanas después la pandilla del agredido iba a testificar contra él en un juicio.

Una sentencia de la Sección Séptima de la Audiencia, a la que ha tenido acceso Efe, indica que los hechos ocurrieron sobre las 3 de la madrugada del 21 de octubre de 2007 en la zona de botellona próxima a la discoteca "Goa", en la zona sevillana de Tablada.

Debido a que el acusado iba a ser juzgado en diciembre por un delito de lesiones, en el que estaba citado como testigo el hermano de uno de los jóvenes agredidos, el procesado y su pandilla se dirigieron contra el otro grupo al grito de "los de Santa Justa son unos chivatos, pincharles".

El procesado José Daniel G.A., entonces de 27 años, abordó con uno de sus amigos a Luis Miguel A.B. y le hizo caer al suelo.

En ese momento, con un objeto punzante que no ha sido identificado le lanzó un golpe contra el pecho, que la víctima pudo evitar interponiendo su brazo derecho.

A continuación el procesado le lanzó un segundo golpe, que le alcanzó en el pecho y penetró hasta la aurícula del corazón, causándole una herida que habría sido letal de no recibir atención médica inmediata.

El agredido permaneció cinco días en el hospital y tardó en curar 124 días, por lo que la sentencia fija para él una indemnización de 6.756 euros por las lesiones y 10.116 euros por las secuelas.

El acusado padece un trastorno de personalidad antisocial con inmadurez emocional, asociado a un trastorno mental no especificado que "determina dificultades para el control de sus impulsos", por lo que los jueces le aplican una atenuantes de alteración psíquica.

La pena incluye diez años de prohibición de contactar con la víctima por cualquier método y acercarse a menos de 500 metros de él.

El ahora condenado fue sentenciado de nuevo, como consecuencia del juicio que motivó la agresión, por un delito de lesiones con utilización de medio peligroso, según el fallo.

La Audiencia destaca que el acusado fue identificado por el agredido y sus amigos desde el primer momento y, por su parte, no aportó ninguna prueba de la supuesta enemistad que mantenía con la víctima desde el colegio, que según desveló de manera sorpresiva en el juicio había llegado a precisar de intervención policial dentro del centro escolar.

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