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Provincia de Granada

Un banco hizo accionista a un cliente en Granada sin su consentimiento

Recibió, sin información previa, una notificación que le acreditaba y que, debido a la fluctuación del valor, la inversión de 450.000€ se perdía en un 97%

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  • Dinero. -

El Juzgado de Primera Instancia número 17 de Granada ha declarado nulo un contrato que convertía a un usuario en accionista de un banco sin su consentimiento. El consumidor recibió, sin información previa, una notificación que le acreditaba como accionista y que, debido a la fluctuación del valor de sus acciones, la inversión de 450.000 euros que había realizado le causaba unas pérdidas del 97 por ciento.

El juez ha obligado a la entidad financiera a devolver la totalidad de la cantidad inicial aportada; eso sí, viéndose disminuida en los intereses ya cobrados; pero aumentada a su vez en unos intereses legales que harán un cómputo global de casi 600.000 euros, según detallan desde el despacho Martínez-Echevarría Abogados, que ha llevado el caso.

El consumidor se puso en manos del despacho al sentirse víctima de una estafa, que convertía un producto bancario de total garantía y viabilidad para sus intereses; como era un Depósito a Plazo Fijo; en una inversión que ya se basaba en las fluctuaciones del mercado bursátil.

La inversión fue de 450.000 euros, con un interés a su favor del 5 por ciento anual, lo que ya le había resultado unos beneficios de más de 80.000 euros. "Sin mediar información previa, ni garantizar todos los criterios de transparencias; sin que se produjera ningún tipo de evaluación ni simulación de otro tipo de producto que no fuera un depósito a plazo fijo; el usuario se convierte en accionista". Su depósito ya no tiene garantías y depende de la volatilidad del mercado bursátil.

Es un mercado que le hace perder un 97 por ciento de la inversión realizada, dejando sus valores en 10.000 euros en el momento en el que solicitó la información.

Diana Martín, abogada del Despacho ME que ha llevado el caso asegura que "no existe información contractual previa que advierta de un riesgo de tal magnitud en ese producto financiero contratado. Además no se realiza ninguna valoración de la comprensión de la información del cliente; ni se aclara que ese depósito es un valor o acción y que se asumen una serie de riesgos típicos de las inversiones bursátiles, por lo que se considera estafa y engaño".

Los expertos juristas del despacho que han llevado el caso a los tribunales han incluido además la figura de la "No Caducidad" de la reclamación, ya que demostraron con pruebas documentales que no habían transcurrido los plazos pertinentes. En el fondo de la cuestión, los propios extractos y movimientos bancarios, y el mismo contracto fueron claves para destapar este caso, según detallan.

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