El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la condena que la Audiencia Provincial de Granada impuso a un articulista de Melilla por acusar de "corrupción" a un magistrado, que fuera presidente de la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Málaga y que ahora ejerce en Granada, por lo que ya le ha abonado una indemnización de 8.000 euros más los intereses devengados.
El importe total, de 9.496,55 euros, será entregado íntegramente por el letrado Javier López y García de la Serrana, director del bufete HispaColex Servicios Jurídicos, que ha llevado la defensa del magistrado desde el principio, a la Orden Hospitalaria de San Juan de Dios de Granada.
En la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, el Alto Tribunal considera que el artículo publicado en un medio de la ciudad autónoma "atenta grave e injustificadamente a la imagen de integridad del magistrado demandado y a su prestigio profesional, siendo además desproporcionada respecto de la lícita critica que la actuación de un juez puede merecer para los medios de comunicación y para los destinatarios de la justicia, que no estén de acuerdo con el sentido de las resoluciones o con su argumentación".
Concretamente, el articulista publicó en 2004 un texto en el que aludía al magistrado, al que criticaba por una resolución que suspendía la pena de inhabilitación impuesta a un policía local, indicando que "muchos melillenses se han convertido en expertos conocedores de este fenómeno (corrupción judicial) y de algunas de sus indeseables consecuencias".
Además, el magistrado también denunció al articulista por considerar que también atentaba contra su honor otros dos artículos publicados. En Primera Instancia, un juzgado estimó parcialmente la demanda del perjudicado, y consideró que dos de esos artículos sí que supusieron una infracción del derecho al honor del demandante, pero, tras un recurso de ambas partes, la Audiencia de Granada sólo contempló esa vulneración en el tercero, como ahora también considera el Supremo, en una sentencia que fue notificada el pasado 18 de noviembre.
Para la Sala de lo Civil del TS, "la gravedad de la imputación vertida sobre el magistrado demandante, ser el responsable de la corrupción judicial de Melilla, su carácter ultrajante que menoscaba de forma injustificada la imagen y prestigio profesional de aquel, y su desproporción impiden que sobre el derecho al honor lesionado pueda prevalecer la libertad de expresión invocada. De este modo advertimos correcto y adecuado a las pautas jurisprudenciales antes expuestas, el juicio de ponderación realizado por la sentencia de apelación", la de la Audiencia Provincial de Granada que ahora ha confirmado.
En aquella sentencia, los magistrados de la Sección Tercera de la Audiencia de Granada ya indicaron que el artículo de opinión firmado por el demandado y publicado por un diario de Melilla el 12 de diciembre de 2004 bajo el título 'Un magistrado inolvidable' causó una "injustificada intromisión ilegítima en el derecho al honor y prestigio profesional del magistrado demandante", por lo que se le condenó al pago de una indemnización de 8.000 euros, más intereses, y a publicar en un medio escrito el encabezamiento y fallo de la sentencia.