La Audiencia de Málaga ha condenado a siete años de prisión a un hombre por abusar sexualmente de una menor, intentarlo con otra y abordar a dos más en las localidades malagueñas de Fuengirola y Mijas. Además, al acusado se le impone el pago de un total de 11.000 euros como indemnización a las cuatro chicas por las lesiones sufridas al golpearlas.
Los hechos sucedieron en marzo de 2012. Según se declara probado en la sentencia de la Sección Segunda, a la que ha tenido acceso Europa Press, el acusado se acercó a una de las menores, con 15 años entonces, cuando salía de su domicilio, "propinándole varios puñetazos en la cara", lo que hizo que la joven cayera al suelo aturdida.
Eso lo aprovechó el procesado, de 27 años y nacido en Ucrania, para ponerse sobre ella, darle besos y tocarle el pecho, según consta en la resolución de la Audiencia, aunque paró en su actitud ante los gritos de la joven, que hizo que el hombre huyera del lugar. La menor sufrió por estos hechos algunas heridas, que no le han dejado secuelas.
El mismo día, horas más tarde, el acusado abordó a otra menor, de 12 años, en el portal de su casa en Mijas, dándole dos fuertes puñetazos en la cara, que también le hicieron caer, momento en el que intentó quitarle la ropa, aunque al oír ruidos abandonó el lugar. La joven también sufrió heridas y padece ansiedad y trastornos por estos hechos.
Igualmente, la Sala considera probado que el hombre abordó a otras dos menores, a una cuando se dirigía al instituto y a otra cuando abría la puerta de su domicilio --este caso ocurrió meses antes, en julio de 2011--; aunque en ambos casos se marchó del lugar sin más. A ninguna de estas dos víctimas les han quedado secuelas, pero sí sufrieron varias lesiones a consecuencia de estos hechos.
El Tribunal le condena por dos delitos de agresión sexual, uno de ellos en grado de tentativa; por uno de lesiones, por una falta de vejaciones y por otras dos de lesiones. Además de la pena de prisión, se le impone una medida de cinco años de libertad vigilada, a cumplir con posterioridad a que salga de la cárcel, y la prohibición de comunicarse o acercarse a las víctimas.
La Sala ha tenido en cuenta para la condena las declaraciones "contundentes" de las menores, en las que no se han apreciado contradicciones. En el caso de las dos primeras, se indica que las víctimas eran sorprendidas por el procesado que "las golpeaba de forma violenta en la cara, haciendo que quedaran aturdidas". Las chicas identificaron al acusado en el juicio.