Ayudas para arreglar caminos rurales en pueblos pequeños onubenses

Publicado: 25/12/2019
El presupuesto máximo disponible para la concesión de estas subvenciones es de 130.000 euros
La Diputación de Huelva ha publicado la convocatoria que regula la concesión de subvenciones para actuaciones puntuales de arreglos en caminos rurales para entidades locales de la provincia de Huelva menores de 1.500 habitantes.

El presupuesto máximo disponible para la concesión de estas subvenciones es de 130.000 euros que se imputarán al Presupuesto General de la Diputación para el ejercicio 2019. El abono de la subvención se realizará en un único pago una vez sea admitida la justificación de la actividad subvencionada, presentada en plazo y forma.

En el marco de esta convocatoria, se podrán presentar, solicitudes de arreglo de caminos rurales que vayan a ejecutarse desde el 1 de enero del 2020 hasta el 15 de septiembre de ese mismo año. Podrán subvencionarse las actividades iniciadas antes de presentar la solicitud, siempre que su ejecución esté dentro del periodo de ejecución establecido en el párrafo anterior. En estos supuestos, será indispensable que los trámites realizados hasta el momento de la solicitud no impidan el cumplimiento de las obligaciones como beneficiarias/os.

Las Bases reguladoras de la convocatoria -aprobada en Junta de Gobierno- se recogen en la ordenanza general de subvenciones de la Diputación Provincial de Huelva. Los detalles de la convocatoria pueden consultarse en la web de la Diputación https://bit.ly/35QP1Qi
En cuanto al plazo y lugar de presentación de solicitudes para la convocatoria, se iniciará al día hábil siguiente de la publicación del extracto de las mismas en el Boletín Oficial de la Provincia de Huelva, expirando el 31 de enero del 2020.

Las solicitudes se presentarán necesariamente a través del Registro Electrónico de la Diputación Provincial de Huelva (https://sede.diphuelva.es). Los documentos que se incorporen deberán estar en formato PDF, conforme los requisitos técnicos establecidos para esta sede electrónica.

Las solicitudes se presentarán conforme a los modelos de la convocatoria, acompañadas de los anexos y documentación específica establecida. Solo se podrá presentar una solicitud por entidad, no obstante en la misma se podrá solicitar ayuda para el arreglo de varios caminos.

Se tendrá como no presentada la documentación que se haga llegar por medios diferentes al indicado en el apartado anterior, conforme al artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Estas ayudas será incompatibles con la percepción de otras subvenciones para este mismo objeto procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales.

 

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