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Galicia

Aplazada la declaración del Chicle por la violación a su cuñada

Por la presunta violación a su cuñada en enero de 2005, cuando la mujer era menor, pues contaba con 17 años

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  • Chicle. -

El juzgado de Noia ha aplazado a mañana, martes 27 de julio la declaración de José Enrique Abuín Gey, alias el Chicle, por la presunta violación a su cuñada en enero de 2005, cuando la mujer era menor, pues contaba con 17 años.

El juzgado de instrucción número dos de Noia tenía prevista la declaración para esta mañana a las 10 horas pero finalmente se ha retrasado a mañana a las 11:30 por "problemas de agenda" de una de las partes.

Según ha informado el Tribunal Superior de Xusticia de Galicia (TSXG), el fiscal ya tenía otro señalamiento y, por ello, se ha aplazado.

La indagatoria tendrá lugar a través de videoconferencia con el centro penitenciario de Mansilla de las Mulas (León), donde el Chicle cumple condena de prisión permanente revisable por el asesinato de Diana Quer.

El juzgado de Noia decretó el procesamiento de Abuín al entender que de las diligencias de instrucción practicadas "se desprenden indicios bastantes” de que el investigado cometió en esa fecha “actos atentatorios contra la libertad sexual” de la denunciante.

El auto, divulgado a la prensa, sostiene que él presuntamente la convenció para llevarla en coche al instituto, pero se desvió del trayecto hasta detener el turismo en un parque del término municipal de Lousame (A Coruña).

Una vez allí, según se desprende de las pruebas practicadas hasta ahora, le cogió el teléfono móvil, cerró el coche, la intimidó con un cuchillo o navaja y la obligó a mantener relaciones sexuales.

Tras la presunta agresión sexual, según el auto, la dejó en las inmediaciones del instituto, "no sin antes advertirle de que, si lo denunciaba, mataría a su hermana, a su hija (sobrina de la víctima) y luego iría a por ella y a por sus padres".

Además, le dijo que la había violado por "chivata", haciendo referencia a que la menor le había contado a su hermana gemela que unos meses antes, en julio de 2004, le había tocado el pecho por encima de la ropa.

La instructora asegura en el auto de procesamiento que los hechos revisten, salvo ulterior calificación, los caracteres de un delito de agresión sexual con penetración vaginal, con la concurrencia de las agravantes de prevalimiento, pues la víctima era su cuñada y tenía 17 años, y de haber cometido la agresión haciendo uso de arma blanca.

La jueza descarta la prescripción, pues se trata de delitos contra la libertad e indemnidad sexual con víctima menor de edad. En la resolución, recuerda que el término de la prescripción se computa desde el día en que la afectada alcanzó la mayoría de edad, en 2005, por lo que no estaría prescrito hasta 2020, y las diligencias se reabrieron en 2018.

La jueza, sin embargo, entiende que tanto el delito de abuso sexual presuntamente cometido por el procesado en 2004 sobre su cuñada, así como el de amenazas, derivado de las expresiones de muerte que supuestamente profirió el día de la agresión sexual, prescribieron en 2010.

Respecto al delito de agresión sexual, subraya que existen “indicios claros” de la comisión por parte del procesado. Así, destaca que el relato de la víctima durante todos estos años “ha sido coherente y consistente” y que se ha corroborado “por el resultado de otras diligencias de investigación”.

El hecho de que Abuín Gey haya sido condenado por el asesinato de Diana Quer, cometido en agosto de 2016, y por intentar agredir sexualmente a una joven en Boiro en diciembre de 2017, "refuerza los indicios de veracidad" de la denuncia de su cuñada, pues se constata "el mismo modus operandi", añade la resolución.

La jueza indica que el procesado "habría ejecutado los hechos en solitario, sin contar con la ayuda de cómplice o coautor alguno, presentando las tres víctimas características físicas similares".

Además, destaca que "se aprecian paralelismos en su forma de actuar, al apoderarse del móvil de las víctimas y hacer uso de algún instrumento peligroso, cuchillo o similar, para amenazarlas y conseguir su propósito".

En el auto, contra el que cabe presentar recurso, se requiere al procesado que preste fianza de 10.000 euros para asegurar las responsabilidades pecuniarias que se le pudieran imponer. 

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