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España

Una Junta Electoral en renovación abordará la inhabilitación de Torra

La Junta Electoral Central (JEC) se encuentra en periodo de renovación. Y de convulsión

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  • Quim Torra. -

La Junta Electoral Central (JEC) se encuentra en periodo de renovación. Y de convulsión. Sus trece integrantes sabrán en próximas semanas si se van o si siguen mientras no dejan de aparecer asuntos peliagudos sobre su mesa: comenzará 2020 estudiando la inhabilitación de Quim Torra.

La última reunión de la Junta de 2019 pasó desapercibida porque la negociación para que hubiera investidura atravesaba momentos delicados y acaparó, por ello, toda la actualidad.

Pero hubo sorpresa.

La JEC decidió abrir un expediente sancionador al PP por vulnerar la ley electoral con el envío de sms a más de un millón de ciudadanos durante el último día de la campaña del 10N.

Fue uno más de los muchos acuerdos con ruidosas consecuencias políticas que ha adoptado la Junta Electoral Central durante 2019.

Un fugaz repaso conduce a los lazos amarillos, los debates de los candidatos en televisión, la entrevista de Pedro Sánchez en la Moncloa, la presencia de los medios en los mítines de Vox...

La tendencia para este comienzo de 2020 apunta incluso al alza porque la primera reunión del año, el próximo viernes, tendrá un punto de máxima expectación: la posible inhabilitación inmediata del presidente de la Generalitat.

Para ilustrar la implicación política de semejante decisión, basta recordar que la investidura de Pedro Sánchez comenzará a dilucidarse a partir del día siguiente tras conseguir el PSOE la abstención de ERC, el gran adversario electoral de la formación de Torra, JxCat, que lidera Carles Puigdemont.

Además, por si fuera poco, está pendiente la posible sanción al presidente del Gobierno en funciones por aquella entrevista en la Moncloa antes de la campaña del 10N, citada antes.

La Junta Electoral afronta, por tanto, dos resoluciones de envergadura en pleno periodo de transición. Su composición debe renovarse dentro de los 90 días siguientes al de la constitución de las Cortes, el pasado 3 de diciembre.

De los 13 integrantes, ocho son magistrados del Tribunal Supremo y dependen del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ); los otros cinco son catedráticos de Derecho o de Ciencias Políticas y Sociología, y dependen de la Mesa del Congreso. Todos aparecerán en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Ha sido tanta la influencia de la Junta en los dos anteriores procesos electorales, 28 de abril y 10 de noviembre (su cometido es vigilarlos, conviene subrayarlo), que para los partidos políticos el acuerdo sobre quiénes serán sus futuros representantes en el organismo se prevé prioritario.

Por regla general, se apela a un acuerdo entre las formaciones con presencia en el Congreso para designar a los cinco vocales de la JEC que entran en su radio de decisión, pero como no suele fraguarse el consenso, el plazo de 90 días se deja pasar y la Mesa establece luego su criterio.

Después de los comicios del 28A, el PSOE promovió a dos vocales, y el PP, Cs y Unidas Podemos a uno cada uno.

Sin embargo, el 10N ha alterado completamente la formación de la Mesa: el PSOE y Unidas Podemos representan una clara mayoría al tener a seis de los nueve diputados que la integran; dos son del PP y uno de Vox.

Como señalan a Efe fuentes parlamentarias, en la Mesa no se ha abordado aún la renovación de su cuota de la JEC. Queda tiempo.

Entretanto, los actuales trece vocales serán los que decidan el viernes si Torra debe abandonar la Presidencia de la Generalitat por estar inhabilitado.

Basará en gran medida su resolución en el informe que remita la Junta Provincial de Barcelona tras haber desestimado tres reclamaciones del PP, Cs y Vox para que le apartaran del escaño del Parlamento de Cataluña.

Pero como los partidos de Pablo Casado y Santiago Abascal creen que la continuidad de Torra infringe la ley electoral, han insistido y han acudido a la JEC.

Y como la JEC actúa de parte, nunca de oficio, tendrá que analizar el asunto. El presidente catalán ha presentado alegaciones.

La clave radica en el artículo 6.2 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG), por cuyo cumplimiento vela la Junta en todo momento.

Dice que no pueden ser elegibles los condenados por sentencia, aunque no sea firme, por una serie de delitos, entre ellos el de desobediencia.

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha dictaminado que cuando Torra se negó a retirar los lazos amarillos dentro de los plazos que le dio la JEC, cometió desobediencia.

A pesar de que el actual presidente catalán es diputado desde las elecciones de diciembre de 2017, ello no alivia su situación.

La LOREG contempla la figura de la "incompatibilidad sobrevenida", según la cual, si la sentencia, sea firme o no, se emite con posterioridad a la elección, cabe la retirada de la credencial y la vacante de su escaño.

Un factor fundamental más: el Estatuto de Cataluña impide a quien no sea diputado ser presidente.

La polémica está servida, a la espera de lo que haga también la Mesa del Parlament.

La Junta ha transitado por 2019 bajo enorme presión, como reconocen fuentes de este organismo. La evolución de los acontecimientos no invita a la calma.

De hecho, el viernes, el otro asunto a tratar será la tramitación de la credencial como eurodiputado de Oriol Junqueras después del último informe de la Abogacía del Estado.

Nada menos. 

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