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España

La Junta publica un protocolo para la prevención y actuación en casos de acoso sexual en el trabajo

El modelo, que podrá ser adoptado por las empresas, contempla la apertura de expedientes disciplinarios y sanciones para las personas agresoras

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La Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, a través de su Instituto Andaluz de la Mujer, ha publicado este jueves en Boja un modelo pionero de protocolo para la prevención del acoso sexual y por razón de sexo, así como el procedimiento especial para los casos que puedan producirse, que podrán adoptar todas las empresas que lo requieran y acuerden con la representación de sus personas trabajadoras.

El modelo de protocolo, al que se puede a través de la web del IAM (www.juntadeandalucia.es/institutodelamujer) contempla su aplicación a toda la plantilla de la empresa que lo implante. Según indica el Instituto en nota de prensa, la prohibición de acoso sexual o por razón de sexo abarca tanto los comportamientos en el lugar de trabajo como en funciones sociales ligadas al trabajo.

Mediante el protocolo, la empresa y la representación de las personas trabajadoras se comprometen a crear, mantener y proteger un entorno laboral donde se respete la dignidad y libertad sexual de todas las personas empleadas. Por tanto, con este documento queda prohibida cualquier acción o conducta de acoso sexual, que será considerada como falta laboral dando lugar a las sanciones que establece la normativa al respecto. En caso de producirse, deberá quedar garantizada la ayuda a la persona que lo sufra.

Para la prevención, el protocolo marca la elaboración y difusión de códigos de buenas prácticas, la realización de campañas informativas o acciones de formación. Asimismo, incluye la creación en el seno de la empresa de una comisión para la prevención y el tratamiento de los casos de acoso, formada por representantes de la parte empresarial y de las personas trabajadoras, y que deberá recibir previamente una formación adecuada en la materia.

En caso de acoso, esta comisión deberá actuar de forma rápida y confidencial, para proteger la intimidad de la víctima, pudiendo utilizar dos procedimientos: uno informal (en el que se intervendrá con la persona agresora y se adoptarán medidas de carácter interno) y otro formal, con una denuncia ante la comisión, que adoptará durante la investigación medidas cautelares. Si la persona agresora toma durante la investigación represalias, sus conductas serán consideradas como falta laboral, por lo que se abrirá un expediente disciplinario.

La investigación durará un máximo de 15 días, y culminará con un informe que, en caso necesario, instará a la apertura de un procedimiento disciplinario contra la persona denunciada. Dicho informe será remitido a la dirección de recursos humanos de la empresa.

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