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Córdoba

La Audiencia retoma este lunes el juicio del caso Almazaras con más pruebas periciales

Un inspector de Hacienda ha declarado ante el juez que observó "una serie de indicios que hacían sospechosos" los contratos de la sociedad; mientras que un calígrafo ha confirmado que las firmas de los pagarés eran "falsas"

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La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Córdoba retoma este lunes el juicio del caso Almazaras de Priego con más pruebas periciales, tras las iniciadas el jueves y las declaraciones de testigos y los siete acusados, que se enfrentan a penas de un total de 44 años de prisión por la supuesta comisión de delitos societarios, de falsedad y estafa en la compraventa de aceite de oliva, por casi 650.000 euros, con contratos "ficticios" en la campaña 2004/2005, afectando a unas 2.000 familias, que reclaman una deuda de unos seis millones de euros.

   Entre las pruebas periciales realizadas, un inspector de Hacienda ha declarado ante el juez que observó "una serie de indicios que hacían sospechosos" los contratos de la sociedad; mientras que un calígrafo ha confirmado que las firmas de los pagarés eran "falsas".

   Al respecto, el inspector de la Agencia Tributaria ha apuntado que "no se puede considerar que se hayan llevado a cabo los contratos", en los que algunos no tenían fechas y supuestamente hacían referencia a sucesos posteriores a los mismos, según su testimonio, a lo que ha agregado que "los precios se han fijado" sin poder comparar el estipulado al de cotización de mercado, algo que no ve "lógico, ni normal". Además, subraya que había una pérdida de cuatro millones de euros, que "no se han reflejado" en la declaración fiscal.

   Mientras, el calígrafo ha puntualizado que las supuestas firmas del presidente de la sociedad en los pagarés de compraventa "no son auténticas", aunque dice que "no podría determinar" de quién son. Sin embargo, subraya que en varios de dichos pagarés la firma es "falsa".

   Según recoge la calificación del Ministerio Público, los siete procesados son el exgerente de Almazaras de Priego P.J.Q.C., el exsecretario N.R.J., el presidente F.J.V., el tesorero A.P.T., los responsables de Oligra F.G.B. y J.M.G.M., así como el responsable de Oleonostrum S.L. y corredor, E.F.P., a los que el fiscal también reclama unos 288.000 euros de multas y una indemnización de unos 775.000 euros.
EL COBRO "FRAUDULENTO" DE UNOS 650.000 EUROS

   La Asociación de Afectados de Almazaras de Priego de Córdoba 'Almazeite' se personó como acusación popular en esta causa en la que se investigaba el cobro "fraudulento" de unos 650.000 euros que presuntamente pudo realizar la empresa Oligra de Granada a Almazaras de Priego mediante supuestos contratos de compraventa de aceite "ficticios".

   Supuestamente, según la acusación popular, los cerca de 650.000 euros expuestos procedían del beneficio que Almazaras pudor tener por la operación de compraventa de nueve millones de kilos de aceite en una operación y otros 2,4 millones en otra operación, afectando en la supuesta estafa a cinco cooperativas que integraban la sociedad Almazaras de Priego.

   En este procedimiento, según recoge el escrito del fiscal, se ha investigado la pérdida de casi 650.000 euros por parte de Almazaras de Priego en beneficio de Oligra. Por ello, Almazaras presentó una querella criminal contra el exgerente de Almazaras P.J.Q.C., contra los representantes de Oligra F.G.B. y su hijo J.M.G.M, y contra el representante de Oleonostrum, que actuó de intermediario, E.F.P., acusados todos ellos por la supuesta comisión de los delitos de estafa y falsedad documental, pidiendo el fiscal para el primero once años de prisión y una multa de 72.000 euros, y cinco años de cárcel y una multa de 36.000 euros para cada uno de los otros tres acusados.

   Posteriormente, la Asociación Almazeite logró ampliar la querella al presidente del consejo rector de Almazaras F.J.V.; al tesorero del mismo, A.P.T., y al exsecretario N.R.J., por la supuesta comisión de un delito societario y de un delito societario continuado, al no haber cumplido presuntamente la función de garantes para que todos los hechos que se investigaban no hubiesen sucedido.

   Los hechos tienen su inicio el día 13 de septiembre de 2004, cuando se suscriben dos contratos. Por el primero, Almazaras compra a Oleoliva nueve millones de kilos de aceite a 370 pesetas el kilo que, posteriormente y según el segundo contrato, son vendidos a Oligra a 382 pesetas el kilo. Con dicha operación Almazaras, en principio, obtendría un beneficio neto de 0,07 euros por kilo, es decir, en total 649.136 euros.

   Dicho contrato lo lleva a cabo y lo firma el exgerente de Almazaras P.J.Q.C., e interviene como corredor el representante de Oleonostrum E.F.P. Según el fiscal, el consejo rector de Almazaras es conocedor de dichas operaciones y del beneficio que se obtendría y se mostraron conformes con ello, ya que no consta en acta ninguna consideración en su contra.
"ÁNIMO DE ENRIQUECIMIENTO ILÍCITO"

   El fiscal también indica en su escrito que Oligra podría haber gestionado directamente la compra de los nueve millones de kilos de aceite a Oleoliva a un precio menor y sin embargo optó por hacerlo a través de Almazaras, aunque, P.J.Q.C., E.F.P. y los representantes de Oligra, F.G.B. y su hijo J.M.G.M, se pusieron de común acuerdo y "guiados por el ánimo de enriquecimiento ilícito ajeno" redactaron posteriormente unos contratos de compra y venta, entre Almazaras y Oligra, de 2,4 millones de kilos de aceite.

   Esa cantidad de aceite primero la vendió supuestamente Almazaras a Oligra, por 365 pesetas el kilo, y luego supuestamente la vendió Oligra a Almazaras, por 400 pesetas el kilo, con él ánimo, por parte de los acusados, de conseguir el beneficio de los 649.136 euros que Almazaras pensaba lograr con el contrato de los nueve millones de kilos, como supuestamente así ocurrió. La cancelación de estos contratos, por los que se habían entregado cantidades a cuenta, junto con la emisión de pagarés y el pago de corretajes, en algún caso hasta dos veces por la misma operación, suman la cantidad supuestamente estafada.

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