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El Ayuntamiento de Conil inicia los trámites para regularizar las viviendas en terrenos no urbanizables

El referido estudio reconoce la existencia de cuatro asentamientos urbanísticos, lo que supone un diez por ciento de las viviendas que podrían regularizarse

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El Ayuntamiento de Conil de la Frontera (Cádiz) ha dado un "paso fundamental" para la regularización de las viviendas en terrenos no urbanizables de su municipio con la aprobación en el Pleno de tres ordenanzas que darán cobertura a este tipo de edificaciones, tal y como marca el Decreto 2/2012 de la Junta de Andalucía, que otorga a los ayuntamientos la potestad de llevar a cabo estos trámites.

   En una nota de prensa, el Ayuntamiento explica que antes de llevar a pleno estas ordenanzas ha tenido que realizar un estudio detallado de todas las construcciones en suelo no urbanizable.

   El referido estudio reconoce la existencia de cuatro asentamientos urbanísticos, lo que supone un diez por ciento de las viviendas que podrían regularizarse; el resto, unas 4.500 edificaciones, corresponde a viviendas aisladas en el campo que podrían iniciar los trámites para ser declaradas como Asimiladas a Fuera de Ordenación (AFO) ,una vez que se reciba respuesta de la Junta de Andalucía.

   El documento aprobado en Pleno será remitido a la Delegación Provincial de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía. Lo que se ha aprobado en la sesión ha sido, en primer lugar, la ordenanza que declara en situación asimilada a la legalidad de fuera de ordenación de usos, construcciones e instalaciones establecidas en suelo no urbanizable.

   Según ha aclarado el concejal del área, Antonio Alba, lo que regula la ordenanza son "los requisitos que tienen que cumplir los inmuebles, como que éstos no se encuentran inmersos en ningún proceso sancionador, que no están en suelo de especial protección o inundable, así como que tienen más de seis años de antigüedad, que es el tiempo establecido en el decreto de la Junta por el cual ha prescrito el supuesto delito contra la ordenación del territorio".

   La segunda de las ordenanzas que se ha aprobado es reguladora de las Normas Mínimas de Habitabilidad y Salubridad de las Edificaciones en Suelo no Urbanizable. Es decir, para poder iniciar el proceso de regularización "el propietario tendrá que aportar la documentación de identificación del inmueble afectado, la documentación de terminación de la edificación y la certificación que acredite que reúne las condiciones de seguridad, habitabilidad y salubridad", que se encuentran recogidas en la ordenanza recién aprobada.

   Con estas dos ordenanzas, los titulares de este tipo de construcciones en el campo "podrán solicitar en el Ayuntamiento un certificado por el cual podrán iniciar diferentes trámites como registrar la propiedad de la vivienda y pedir los servicios y suministros básicos, como agua, luz, etc.".

   Este certificado que emitirá el propio Consistorio tendrá un coste para el propietario del 3,46 por ciento con respecto al presupuesto de ejecución material de la construcción. Por tanto, también se ha aprobado en el pleno la ordenanza fiscal que regula la tasa a cobrar a estos titulares, ya que según marca el Decreto el coste del servicio tiene que costearlo el propietario de la vivienda y no la administración que lo emite.

   Estas ordenanzas tendrán que ser publicadas durante 30 días, y una vez que se resuelvan las alegaciones, si las hubiere, se procederá a su aprobación definitiva. El Ayuntamiento de Conil, a través de la aplicación del Decreto 2/2012, pretende "dar solución a la falta de un marco jurídico para estas viviendas", así como "regularizar el acceso a servicios básicos y a las obligaciones que competen a estos propietarios".

   Las tres ordenanzas han sido aprobadas, con los votos de IU, PSOE y PA y con la abstención del PP, aunque las mismas "tenían asegurada su aprobación fruto de un acuerdo puntual entre IU y PSOE".

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