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La Fiscalía Superior de Andalucía ve indicios de delito de estafa en las participaciones preferentes

Pueden apreciarse indicios de delito de estafa en las denominadas participaciones preferentes, y atribuye a las entidades de crédito en ese sentido "una práctica totalmente abusiva, expresamente prohibida y contraria al ordenamiento jurídico"

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La Fiscalía Superior de Andalucía, con sede en Granada, ha emitido un decreto en el que considera que pueden apreciarse indicios de delito de estafa en las denominadas participaciones preferentes, y atribuye a las entidades de crédito en ese sentido "una práctica totalmente abusiva, expresamente prohibida y contraria al ordenamiento jurídico", en tanto que se trata de una actividad comercial "dirigida a personas con un perfil inversor de poco riesgo y de escasos o nulos conocimientos financieros".

   El decreto, al que ha tenido acceso Europa Press, ha sido remitido al Defensor del Pueblo Andaluz, después de que su titular, José Chamizo, se reuniera el pasado 17 de julio con el fiscal superior, Jesús García Calderón, que se comprometió entonces a abrir una investigación por este asunto, que podría afectar en Andalucía en torno a 67.000 personas.

   Algunos de los datos señalados por la Oficina del Defensor, que acusa a las entidades bancarias de abusar de sus clientes y aprovecharse de su desconocimiento para obtener unos ingresos con promesas de unas ventajas que finalmente no se han cumplido, llevan al Ministerio Público a considerar "la existencia de un fraude o engaño que pueda alcanzar relevancia penal", "aprovechando la relación de confianza existente entre algunas oficinas bancarias y los particulares afectados".

   "Las participaciones preferentes son recursos propios de las entidades de crédito que pueden ser consideradas activos financieros de carácter complejo y de alto riesgo. Son aportaciones perpetuas que no están protegidas, además, por el Fondo de Garantía Social. Su colocación masiva en el mercado minorista, con la idea de incrementar los recursos propios, en una actividad comercial dirigida a personas con un perfil inversor de poco riesgo, y de escasos o nulos conocimientos financieros, sin proporcionar una información suficiente y adecuada a las circunstancias y aprovechando una previa relación de confianza, puede entenderse, cuando menos, como una prácticamente totalmente abusiva expresamente prohibida y contraria al ordenamiento jurídico", señala Fiscalía en su resolución, adelantada este jueves por el diario 'Ideal' de Granada.

   El Ministerio Público recuerda que estos asuntos ya han recaído en algunos juzgados y que cabe a los perjudicados acudir a los de Primera Instancia y, posteriormente, a las Audiencias Provinciales para solicitar indemnizaciones de la entidad financiera "por daños y perjuicios y con devolución de las cantidades que habrían sido invertidas", y apunta que la Fiscalía puede promover acciones de "cesación" en defensa de los intereses colectivos de los consumidores, y de "resarcimiento", contra las entidades de crédito que hayan realizado estas prácticas comerciales.

   El fiscal, que abrió diligencias por este asunto el pasado 13 de junio de 2012, ordena remitir copia del decreto a la Fiscalía del Tribunal Supremo, a las Provinciales, para que informen de las acciones legales ejercidas por estos asuntos, sean civiles o penales, a la Unidad Adscrita de Policía Judicial, a la Secretaría General de Consumo de la Junta de Andalucía, para que facilite información precisa al Ministerio Fiscal sobre actuaciones administrativas iniciadas, y al Defensor del Pueblo Andaluz.

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