No es corporativismo, pero como periodista miro con recelo las sentencias de los jueces contra periodistas porque muchas veces, por encima de la razón de fondo, las condenas se ajustan mal...
No es corporativismo, pero como periodista miro con recelo las sentencias de los jueces contra periodistas porque muchas veces, por encima de la razón de fondo, las condenas se ajustan mal, generalmente por exceso, a la gravedad de los hechos y porque la libertad de información y de crítica es la que permite otras libertades y apoya el Estado de Derecho. También como periodista, me preocupa mucho el uso que hacemos de algunas informaciones, especialmente de las que rozan el derecho al honor o a la intimidad de las personas. A veces digo que esta profesión es la mejor del mundo... a pesar de algunos de nuestros compañeros. Pocos, pero muy ruidosos.
Un médico puede salvar o no la vida de una persona. Un periodista puede acabar para siempre con una reputación. Me lo ha recordado la noticia de que Telecinco ha sido condenada a pagar 240.000 euros al matrimonio Aznar por haber divulgado en el programa Aquí hay tomate, de una falsa separación de la pareja. Por otra información de ese mismo programa –afortunadamente ya desaparecido–, la cadena deberá pagar 150.000 euros a Terelu Campos y por otro programa a Carmen Martínez Bordiú le tendrán que indemnizar con 50.000 euros. Si a eso le suman que el juez ha embargado los 350.000 que cobró, por no decir nada, ese personaje de pésima historia que es Luis Roldán, o los 50.000 de Julián Muñoz, condenado por varios delitos y acusado de otros pendientes de sentencia, el juego empieza a salir caro.
Y, dado que no somos capaces de aplicar los códigos éticos de autorregulación, me parece que la multa económica, sobre todo si es elevada y, si fuera posible, rápida, puede ser una solución para que quien dirige, programa y contrata se ate los machos y se atenga a las consecuencias. Ni la guerra de audiencias ni los ingresos justifican el “todo vale”.
Dos sentencias recientes del Supremo ponen sobre la mesa aspectos interesantes de esta protección al honor. En una, el juez señala que “los usos sociales no justifican indagar –fisgar– en asuntos que pertenecen a la esfera exclusiva de otros y divulgar su resultado con el fin de satisfacer la curiosidad o el chismorreo”, incluso aunque los protagonistas hayan cobrado anteriormente. Y otra señala que quien acude a un programa de éstos, no puede reclamar luego porque en el programa alguien le critique. La desfachatez de algunos personajes, empujada por muchos de los que hacen estos programas, es inaudita.
Pero la difamación, la información no contrastada, las injurias, los ataques a la intimidad, la persecución de los personajes públicos, la intromisión en su honor son cuestiones que necesitan una tutela judicial efectiva que no siempre se produce. Es bueno que los jueces actúen y que toquen la cuenta de resultados de los medios que hacen negocios con esta información, aunque sería mejor incluso que también tocaran la nómina de los presentadores. Sobre todo para que los profesionales rigurosos, que son la mayoría, no estén en el mismo cubo de basura.