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Almería

Fiscalía pide al Ayuntamiento medidas \"inmediatas\" ante \"vertidos de aguas residuales\" a la Rambla

La resolución detalla las cuatro causas del problema de los \"malos olores y de aguas residuales\" en atención al atestado de la Policía Autonómica y del informe del jefe de Dominio Público Hidráulico de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía

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La Fiscalía ha pedido al Ayuntamiento de Almería la "adopción inmediata" de las medidas necesarias para evitar los vertidos de aguas residuales no permitidos a la desembocadura de Rambla Belén de la capital después de que un atestado de la Policía Autonómica haya constatado su existencia.

   El decreto del Ministerio Público, a raíz de una denuncia interpuesta por los concejales del grupo municipal de IU Rafael Esteban y Agustín de Segarra, insta al Consistorio a actuar en el ejercicio de sus competencias aunque acuerda el archivo de las diligencias de investigación al estimar que se no dan los requisitos para apreciar un delito contra el medio ambiente.

   La resolución, consultada por Europa Press, detalla las cuatro causas del problema de los "malos olores y de aguas residuales" en atención al atestado de la Policía Autonómica y del informe del jefe de Dominio Público Hidráulico de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía.

   En primer lugar, apunta que la estación de bombeo de aguas residuales de la desembocadura de la Rambla Belén envía "el excedente del emisario que descarga a 100 metros dentro del puerto" cuando se desborda, "quedando los residuos en el canal final de la Rambla".

   Señala, asimismo, que la red de alcantarillado del casco histórico "no es separativa" y, por tanto, "recoge aguas fecales y pluviales", por lo que, cuando hay "exceso de pluviales salen también fecales por los aliviaderos".

   Indica, en esta línea, que la arqueta de alcantarillado que hay en la desembocadura de la Rambla, y "por donde discurren las aguas residuales domésticas", se encuentra "abierta" y, añade por último, que "parece ser que una comunidad de vecinos" de un edificio próximo "vierte aguas fecales sin depurar a la red de pluviales que van a la Rambla de Belén".

   El Ministerio Público concluye, que si bien no se ha justificado debidamente la existencia de ilícito penal al no concurrir los requisitos de "peligrosidad para el equilibrio de los sistemas naturales o salud", por lo que resuelve archivar, sí se ha constatado la existencia de vertidos de aguas residuales que obligarían al Ayuntamiento a actuar y a adoptar de forma "inmediata" las "medidas necesarias para evitar vertidos de aguas residuales no permitidos".

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