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Almería

El fiscal no ve imprudencia grave en la muerte de una mujer y su bebé en Poniente, y pide juicio de faltas

Denunciantes vuelven a pedir declarar el forense para aclarar el informe que decía que una \"atención mayor podría haber evitado el resultado final\"

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La Fiscalía ha solicitado al juzgado que investiga la muerte hace un año de una mujer de 45 años y su bebé durante el parto en el Hospital de Poniente de El Ejido (Almería) que transforme las diligencias previas penales en juicio de faltas al considerar que en la actuación del personal sanitario que la atendió puede haber una imprudencia leve aunque descarta que incurriesen en mala praxis constitutiva de delito.

   En su escrito, al que ha tenido acceso Europa Press, la fiscal alude a la historia clínica de I.G.R., así como al contenido del informe emitido por los forenses del Instituto de Medicina Legal (IML) donde se valora si la actuación médica se realizó o no conforme a la lex artis en relación a la causa de la muerte de la madre y de su hijo.

   El contenido del citado informe que, entre otras conclusiones, sostenía que, si bien la asistencia se atuvo a los protocolos médicos, existían al menos "tres opciones" más de actuación profesional que "podrían haber evitado el resultado final" con una "atención mayor", llevó al abogado del Defensor del Paciente, Ignacio Martínez, a pedir al juzgado que señalase día y hora para citar al forense a fin de que respondiese a preguntas sobre su dictamen.

   Pretendía así que la jueza valorase "de primera mano" las respuestas sobre "varios puntos muy importantes" para la instrucción que se recogen en el dictamen y que señalan que "se apartaron de una diligencia o atención mayor que pudo haber evitado el fatal desenlace de madre e hijo".

   Sin la práctica de esta prueba, la Fiscalía entiende que, "si bien no se aprecian indicios de imprudencia grave constitutiva de delito si pudiera haberlos de imprudencia leve, lo que debe ser objeto de prueba en juicio oral".

   Por este motivo, Martínez ha elevado escrito al Juzgado de Instrucción número 3 de El Ejido en el que asegura que se ha de practicar la comparecencia del forense "varias veces solicitada" ya que, según indica, "de la misma podrá establecerse con mayor acierto si estamos ante una imprudencia presuntamente constitutiva de delito o de falta".

   Las cuestiones que han llevado a solicitar esta diligencia y que aportan "ambigüedad" a la afirmación emitida por los peritos acerca de que el procedimiento realizado podría ser "común al seguido por protocolo en otros hospitales y por otros médicos", aparecen divididos en dos momentos temporales.

   En primer lugar, hace consideraciones sobre la primera consulta médica que tuvo lugar el 26 de diciembre de 2012. Apunta el forense que el que la paciente tuviera 46 años, se encontrase en la semana 40+2 de embarazo con cuello uterino "cerrado y formado", y presentase líquido amniótico escaso, eran "posibles señales de alarma que podrían plantear como opción terapéutica una inducción o cesárea, o controles más frecuentes cada 48 o 72 horas por ejemplo".

   A continuación, entra a analizar el ingreso hospitalario que se produjo el 31 de ese mismo mes y detalla que, a la vista de los datos que obran en el informe de urgencias, la tensión arterial elevada que se interpretó como producida "por el nerviosismo" podría haber planteado "como opción más diligente a la normalmente debida que no se le subiese a planta" y que se le sometiese a "una vigilancia más exhaustiva".

"EXPERIENCIA O ARTE MÉDICO"

   Recoge, asimismo, en referencia al fallecimiento del bebé no nato, que si bien "no es que fuera urgente provocar el parto", si señala que "por lo menos haber escuchado los latidos fetales o haber practicado una TNS por la noche, hubiera sido actuar con mayor diligencia o atención, que, quizás, podría haber detectado alguna anomalía en el bienestar fetal que hubiese modificado la atención de los médicos".

   Con respecto a la inducción al parto que se decidió a la mañana siguiente una vez que se detectó que el feto había muerto aunque estaba "vivo al ingresar en el hospital", asegura que se puede "razonar efectivamente que esta actuación es correcta.

   "Sin embargo, --ahonda-- una actuación más activa hubiese llevado a pensar, y aquí es donde se enfrenta la experiencia o el 'arte médico' a los protocolos, que el cuello de útero de una mujer de 46 años muy cerrado es poco probable que responda".

   Cuestiona, en esta línea, que el médico no pensase "en otra opción distinta a la de aplicar el protocolo de manera estricta" después de nueve horas en las que la dilatación en la inducción al parto "apenas había variado" y que la cesárea urgente se decidiera a las 07,00 horas del día 2 de enero de 2013 cuando el TAC a la paciente reveló disnea compatible con una embolia de líquido amniótico. J.G.R. falleció "finalmente a causa de esta complicación" que ocurre "clásicamente cuando el parto es prolongado o dificultoso".

   Los familiares de la fallecida han lamentado la decisión de la fiscal "con anterioridad" a que se produzca la comparecencia del forense que, a su juicio, se pronunció con "ambigüedad". "No se quiso mojar", han indicado para asegurar que van a llegar "hasta el final para que se sepa lo que pasó". Han lamentado también que la jueza no haya dado contestación a los dos escritos presentados en noviembre para un "careo" con el forense.

   "Queremos que el abogado tenga la oportunidad de presentarse ante la jueza con el protocolo y que se vea dónde se lo saltaron. Queremos que sea la jueza la que valore. No fue una actuación de un solo día, fueron varios y no podemos entender que ante esos síntomas y con el acceso a las pruebas que tenían, actuasen de ese modo", han señalado.

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