El tiempo en: Estepona

Cádiz

Procasa actualiza el servicio de asesoramiento con las nuevas medidas Covid

La concejala de Vivienda destaca la importancia de “hacer llegar estas iniciativas a todas las personas que puedan verse beneficiadas”

Publicidad Ai
Publicidad AiPublicidad Ai
Publicidad AiAndaluc�a Informaci�n
Publicidad AiPublicidad Ai
Publicidad Ai Publicidad Ai
Publicidad Ai
  • Oficinas de Procasa.

La empresa municipal de promoción de la vivienda, Procasa, ha actualizado el servicio de asesoramiento con las nuevas medidas puestas en marcha por el Gobierno Central para paliar los efectos económicos que está teniendo la crisis derivada del Coronavirus en las familias en situación de vulnerabilidad. La concejala de Vivienda y presidenta de Procasa, Eva Tubío, ha destacado la importancia de “informar  a todas las personas que pueden verse beneficiadas de estas nuevas medidas y que van directamente ligadas al ámbito social y económico”. Para poder acceder a este servicio de asesoramiento es necesario llamar al teléfono 956808463.

Eva Tubío ha explicado que se ha modificado el Real Decreto-Ley 11/2020 del 31 de marzo para adoptar medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al Covid-19. “En concreto, se han establecido nuevas medidas destinadas a la vivienda de la que pueden beneficiarse las personas que más están sufriendo los efectos económicos del Coronavirus”, ha señalado la concejala

En concreto se tratan de tres modificaciones que afectan a los artículos uno, dos y cuatro de este Decreto-Ley. En el primero de los casos, Tubío destaca la “suspensión extraordinaria de los actos de lanzamiento hacia aquellas personas que se encuentren en situación de vulnerabilidad social o económica sobrevenida como consecuencia de los efectos de la expansión del Covid-19, que no puedan encontrar una alternativa habitacional para sí y para las personas con las que convivan”. En el caso de que no esté señalado el lanzamiento, por no haber transcurrido el plazo de diez días al que se refiere el artículo 4440.3 o por no haberse celebrado la vista, se suspenderá dicho plazo o la celebración de la vista hasta que se adopten las medidas que los servicios sociales competentes estimen oportunas por un periodo máximo hasta el 31 de enero de 2021.

En el segundo de los casos, se modifica la prórroga extraordinaria de los contratos de arrendamiento de vivienda habitual. Tubío ha explicado que “con este cambio, se podrá aplicar, siempre que lo pida la persona arrendataria, una prórroga extraordinaria del plazo del contrato de alquiler por un periodo máximo de seis meses desde la fecha de vencimiento del contrato”. Esta prórroga extraordinaria deberá ser aceptada por el arrendador, salo que se hayan fijado otros términos o condiciones por acuerdo entre las partes.

En cuanto a la última modificación, la concejala ha explicado que aquellas personas arrendatarias de un contrato de vivienda habitual suscrito al amparo de la Ley 29/1994 del 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos, se encuentra en situación de vulnerabilidad económica, podrá solicitar de la persona arrendadora cuando ésta sea una empresa o entidad pública de vivienda o un gran tenedor (titular de más de diez inmuebles urbanos) un aplazamiento temporal y extraordinario en el pago de la renta hasta el 31 de enero de 2021.

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN