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Almería

TSJA: 11 años de prisión al profesor británico que abusó de una alumna

La sentencia del Alto Tribunal andaluz rechaza el recurso de apelación interpuesto por la defensa del profesor

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  • Juicio. -

La Sala de lo Civil y Penal del TSJA ha confirmado la condena de once años y medio de prisión para C.T., el profesor británico que ejerció en el colegio privado St. George School de Roquetas de Mar (Almería), por los abusos sexuales hacia una alumna de 14 años de edad con la que entabló hacia mitad de curso en 2016 una relación "fingidamente amistosa, dándole un trato preferente y logrando que el vínculo con ella se volviera poco a poco más personal e íntimo".

La sentencia del Alto Tribunal andaluz, consultada por Europa Press, rechaza el recurso de apelación interpuesto por la defensa del profesor aunque, de otro lado, estima parcialmente el impulsado por la sociedad que gestiona el centro escolar en cuanto a la responsabilidad civil, por lo que fija en 25.000 euros el importe.

En lo demás, mantiene el pronunciamiento de la Audiencia Provincial de Almería, que prohibía al docente acercarse a menos de 500 metros de la víctima y comunicarse con ella por un periodo de 17 años al tiempo que lo inhabilitaba para ejercer como profesor o en cualquier otro cargo que conlleve un contacto "regular y directo" con menores durante 16 años. También le impone diez años de libertad vigilada.


Para la Sala ha quedado acreditado que el acusado "se prevalió de su condición de profesor para tener la cercanía de su alumna" sin que existiera "el grado de desarrollo de madurez de ambos", por lo que avala la tesis de la acusación particular ejercida por el letrado Leo Marfil.

Asimismo, recalca la validez de las pruebas practicadas durante el juicio así como el testimonio de la víctima. En este sentido, resalta el tribunal las fotos y el vídeo de contenido sexual que el acusado almacenaba en una cuenta compartida con la víctima, quien además lo denunció por un presunto delito contra la intimidad al no tener constancia hasta entonces de dicha grabación.

"El Tribunal ha contado con una serie de pruebas contundentes, que en ningún momento han sido rechazadas por el acusado, quien acogiéndose a su derecho constitucional a no declarar, y teniendo posibilidad de rechazar cuantas imputaciones se le efectuaban, no ha querido manifestar sobre la realidad sobre los hechos", expone la sentencia, avanzada por 'La Voz de Almería', en sus fundamentos.

C.T. fue contratado en agosto de 2014 por el colegio donde, guiado por un "ánimo libidinoso" y "aprovechando la especial situación de ascendencia y superioridad que le brindaba su condición" de docente, inició una relación con la víctima mediante un trato "fingidamente" amistoso, que le permitió acercarse cada vez más a ella.

La sentencia de origen detalla la "clara situación de superioridad" que ejerció sobre la víctima, tanto "moral" por ser su profesor, como por la edad de la víctima --que cumplió 15 años tras desencadenarse los hechos-- como por la propia edad del acusado, quien contaba con 38 años, lo que le confiere una "madurez y experiencia" mayor, de la que se "prevale" para la ejecución de su plan lascivo.

Al respecto, el TSJA rechaza la prueba solicitada por la defensa para la exploración del médico forense a fin de que informara en torno a si el grado de madurez de acusado y víctima son próximos, teniendo en cuenta la marcada diferencia de edad entre ambos. "La pretendida proximidad del desarrollo de madurez entre ambos es impensable, máxime cuando el acusado se trata de persona, que en otras ocasiones anteriores se ha visto acusado --si bien absuelto-- por delito de violencia contra la mujer", zanja.

Así, en torno al mes de abril de 2016 el acusado recibió a la víctima en su domicilio, donde después de insistir a la menor y a pesar de la inicial reticencia de ésta, "la besó en la boca". A partir de ahí, la relación "se tornó más intensa" y aproximadamente a partir de mayo de 2016 el acusado llegó a tener "numerosas relaciones sexuales" completas con la chica en su casa.

La situación se prolongó durante unos ocho meses hasta el día 13 de noviembre de 2016, cuando la madre de la víctima descubrió lo que ocurría y denunció los hechos. Como consecuencia de la presión a que se vio sometida la menor, la madre de la misma se vio en la necesidad de trasladarla a Alemania, donde fijó su residencia.

La dirección del colegio tuvo noticia, meses después de la contratación del acusado, de que éste habían sido enjuiciado y absuelto en el Reino Unido por abusos sexuales. Asimismo fue informada de que dos profesores habían visto al acusado y a la menor juntos en horario no escolar, concretamente en el supermercado y en la playa. Pese a ello, no adoptó medida alguna hasta que la madre de la menor denunció los hechos, siendo entonces cuando despidió al acusado.

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