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Málaga

Un menor intenta entrar en un salón de juegos con el DNI de un amigo

El comercio avisó a la policía de Málaga al percatarse de que la foto no coincidía con sus características

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  • Policía Local. -
  • El joven terminó reconociendo que le había pedido el DNI a un amigo y que este se lo había dado sabía para qué era
  • Los delitos pueden ser imputables tanto a la persona que utiliza el documento identificándose como otra, como a la que presta su DNI

Efectivos de la Policía Local de Málaga han identificado a un menor de 17 años tras conocer que pretendía acceder a un salón de juegos haciéndose pasar por otro joven de 22 años, para lo que presentó su documento nacional de identidad.

Los hechos tuvieron lugar sobre la medianoche del viernes al sábado 15 de febrero cuando el menor se personó en un establecimiento dedicado al juego y las apuestas deportivas sito en la capital malagueña y mostró un DNI de otro joven para intentar acceder.

Tras ser requeridos a través de la Sala 092 de la Policía Local de Málaga, a la que dieron aviso desde el propio comercio, una dotación de agentes se personó en el lugar, entrevistándose con el encargado y también con el responsable de mostrador, explicándoles éste último que cuando el joven le presentó el DNI se percató de que la foto no coincidía con sus características, por lo que decidió preguntarle por su fecha de nacimiento, respondiéndole éste que no se acordaba.

Preguntado por los agentes, el menor terminó reconociendo que le había pedido el DNI a un amigo y que este se lo había dado a sabiendas de que lo iba a utilizar para acceder al salón de juegos, han informado desde la Policía Local en un comunicado.

Los policías locales procedieron a trasladar al menor a dependencias policiales, donde se instruyeron las preceptivas diligencias, personándose tras ser avisado un familiar que quedó informado de los hechos y se hizo cargo del mismo.

Según han precisado, utilizar el documento de identidad de otra persona puede significar un delito de falsificación documental recogido en el artículo 400 del Código Penal o de usurpación del estado civil, que aparece en el artículo 401, estando ambos castigados con penas de prisión y multa.

Han recordado que los delitos pueden ser imputables tanto a la persona que utiliza el documento identificándose como otra, como a la que presta su DNI, en este caso como cooperador necesario.

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