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Sevilla

Contramano: El caso Magrudis

Su inscripción en el Registro Alimentario de la Junta dotó a Magrudis de apariencia de legalidad

Publicado: 08/09/2019 ·
22:24
· Actualizado: 08/09/2019 · 22:24
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  • Magrudis. -
  • El doble control de la Junta y del Ayuntamiento ha servido para una anulación mutua

Susana Serrano, portavoz del grupo Adelante, ha declarado que la empresa Magrudis, fabricante de la carne mechada y de otros productos cárnicos contaminados que han causado el brote de listeriosis, operó sin licencia municipal durante los últimos años (desde 2013 a 2015) del gobierno de Zoido y prácticamente durante los primeros cuatro (2015-2019) del mandato de Espadas “sin que saltara una alarma”. La portavoz ha exigido la creación de una comisión de investigación para determinar si se han producido una cadena de errores y un fallo de los protocolos existentes, a fin de evitar su repetición en el futuro.

Partiendo de la base de que Magrudis es el responsable de los efectos de la carne mechada contaminada por la bacteria de la listeria y no el Ayuntamiento ni la Junta de Andalucía, vamos a tratar de seguir su rastro.

El Registro Mercantil refleja que se constituyó el 20 de junio de 2013 con un capital de 3.005 euros; con el objeto social del comercio al por mayor y menor de carne, embutidos y derivados, y con domicilio en el polígono industrial El Pino.
Tras el estallido del brote de listeriosis el Ayuntamiento de Sevilla ha revelado que Magrudis logró darse de alta en el Registro de Empresas Alimentarias de la Junta de Andalucía en el año 2015 pese a que carecía de la preceptiva licencia de actividad municipal.


Años oscuros

La primera cuestión que se plantea es qué ocurrió en los dos años que pasaron entre la constitución oficial de la empresa y su inscripción en el Registro de Empresas Alimentarias de la Junta, ya que la misma es obligatoria para todas las empresas y establecimientos alimentarios, sin la cual teóricamente Magrudis no podría haber desarrollado ninguna actividad entre 2013 y 2015, salvo que hubiera esperado inactiva esos dos años hasta su inscripción en el Registro dependiente de la Junta de Andalucía o hubiera actuado de forma clandestina.

Ý es que el Decreto 61/2012, de 13 de marzo, que firmaron Griñán como presidente de la Junta y María Jesús Montero como consejera de Salud, regulaba el procedimiento de la autorización sanitaria de funcionamiento y, atención, la comunicación previa de inicio de actividad de las empresas y establecimientos alimentarios, además de la creación del propio Registro de Empresas (Boletín Oficial de la Junta Nº 60, del 27 de marzo de 2012, página 20 y siguientes).

En los formularios de inscripción que acompañan al Decreto en el Boja no se exige expresamente la acreditación de ningún permiso  municipal previo. Parece que, como el valor en el Servicio Militar, se presupone que ha sido ya obtenido por la empresa solicitante, porque en caso contrario se piensa que no se le ocurriría pedir su inscripción en el Registro Alimentario. Sólo hay un apartado, a cumplimentar por la propia empresa, titulado ‘Autorización documentos en poder de otras Administraciones’, en que se autoriza a la Junta a que pueda recabar de otras Administraciones Públicas los siguientes documentos (pero no se enumera ninguno, ya que el apartado está en blanco) o la información contenida en los mismos y disponible en soporte electrónico.

Cuestión clave

Por tanto, es clave verificar cómo cumplimentó - y si la Consejería de Salud de la Junta aceptó o no- Magrudis la solicitud de Autorización Sanitaria de Funcionamiento e Inscripción en el Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos si no acreditó que contaba con la licencia de actividad municipal, ¿o sí?. De lo que expresamente se preocupa el formulario de la Junta es que se acredite la representación legal (en este caso, de Magrudis) que ostenta; copia debidamente autenticada del acto constitutivo de la sociedad (su creación ante notario y/o inscripción en el Registro Mercantil) y el pago de la tasa correspondiente.

Así pues, esencialmente basta con inscribirse en el Registro Mercantil para obtener a continuación la inscripción en el Registro de Empresas Alimentarias de la Junta y poder operar en el mercado ya con este papel oficial, sin necesidad de obtener ninguna licencia previa del Ayuntamiento. Y, efectivamente, en ese mismo año 2015 un inspector de la Junta de Andalucía visita la fábrica de Magrudis y la califica con la letra B por su nivel de riesgo.

Al año siguiente, en noviembre de 2016, inspectores del Ayuntamiento le realizan una inspección ordinaria y le suben la calificación a la letra A. Por tanto, los inspectores municipales no habrían verificado previamente si la empresa tenía todos los permisos municipales y si estaban en regla. Lo presupondrían, porque habrían inferido que en caso contrario Magrudis no habría logrado su inscripción en el Registro de Empresas Alimentarias de la Junta de Andalucía. Y vemos entonces cómo el teórico doble control de las Administraciones Públicas, en vez de funcionar como mecanismo complementario de seguridad en realidad habría servido para anularse mutuamente una a la otra. La Junta habría supuesto que el Ayuntamiento había dado luz verde a Magrudis, y el Ayuntamiento, que la Junta habría verificado toda la actuación administrativa de la empresa. En este sentido, el Decreto faculta a los ayuntamientos a acceder a la totalidad de los datos existentes en el Registro de Empresas Alimentarias. ¿Lo consultó el de Sevilla?

Autocontrol

En julio de 2017, los técnicos municipales realizan una nueva inspección y comprueban que Magrudis cuenta con plan de autocontrol (es decir, la propia empresa se obliga, mediante la realización de análisis, al cumplimiento de la normativa sanitaria), por lo que le rebajan su calificación o nivel de riesgo a la letra C. Esto sería una incongruencia, por cuanto para su inscripción en el Registro Alimentario de la Junta y conforme al Decreto de ésta, Magrudis  ya debió declarar su compromiso de implantación del sistema de autocontrol (es una exigencia de la UE), basado en los principios de Análisis de Peligros y Puntos Críticos de Control “en el momento -reza el texto legal- de obtener la autorización sanitaria de funcionamiento”. Así se exige en la documentación preceptiva que debió presentar. Por tanto, ¿cómo no se percataron de su supuesta inexistencia el inspector de la Junta en 2015 y los técnicos municipales en su inspección de 2016 cuando calificaron a Magrudis con el nivel A? ¿Por qué la Inspección de la Junta la califica como B y luego el Ayuntamiento como A y después éste como C? ¿A qué se deben estas discordancias?

Según Facua, los inspectores municipales rebajaron el nivel de riesgo de Magrudis -de la A a la C- por considerar que había dejado de distribuir sus pedidos a una escala supramunicipal y que se limitaba sólo al municipio de Sevilla, cuando luego su administrador único declaró a Canal Sur que distribuía a toda Andalucía, y la Consejería de Salud habría averiguado que lo hacía a escala nacional. Es más, hay personas que ahora recuerdan haber comprado hace años su carne mechada incluso en cadenas de hipermercados de implantación nacional. ¿Comprobaron los albaranes de Magrudis los técnicos para ver si no distribuía más que en Sevilla?

La consecuencia de esta rebaja en el nivel de riesgo fue una ampliación del plazo para las siguientes inspecciones, que pasó de 12 meses  (habrían correspondido otras en julio de 2018 y de 2019) a 18, con lo cual tocaba en enero de 2019, pero no existe constancia de una nueva visita hasta el pasado agosto, ya tras la detección del brote de listeriosis y, supuestamente, con ocho meses de retraso por parte de los inspectores municipales.

Ampliación

El Ayuntamiento informa en estos días de que Magrudis no presentó hasta diciembre de 2018 una declaración responsable sobre inicio de actividad, que al no corresponderse con lo que hacía en sus instalaciones fue declarada nula. ¿Y cómo entonces le había enviado en los años anteriores sus inspectores y éstos le habían rebajado el nivel de riesgo? ¿Y por qué no fue declarada nula hasta el 28 de agosto, es decir ocho meses después de presentada y cuando ya había estallado el brote de listeriosis? Dicho de otro modo: ¿qué habría ocurrido sin el episodio de la carne contaminada? ¿se habría percatado alguien de la irregular declaración responsable? ¿se habría analizado siquiera para ver si estaba en orden?

Item más, Magrudis habría registrado ante la Consejería de Salud -pero presuntamente, no ante el Ayuntamiento-  un documento por el que le informaba de la ampliación de sus instalaciones tras haberse anexionado la nave contigua y realizado una reforma y redistribución del espacio destinado a la elaboración de sus productos sin la pertinente licencia previa de obras, sin que se conozca aún la incoación de expediente por esta causa.

Si Magrudis ha podido operar todos estos años con apariencia de legalidad pese a carecer de licencia municipal ha sido merced a su inscripción en el Registro de Empresas Alimentarias de la Junta de Andalucía, por no exigirse en el mismo de forma expresa la acreditación de los permisos del Ayuntamiento, un “agujero” del sistema que hay que corregir de inmediato al tiempo que revisar las solicitudes de otras empresas tramitadas bajo la actual normativa.

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