Manuel Alexis González y Manuel Jesús Fuentes eran condenados el pasado 26 de junio por la Audiencia provincial a un año de prisión acusados de un delito de “amenazas graves” en el pleno municipal del 1 de julio de 2016 al portavoz municipal del PSOE, Fran González. Dentro de la condena se les obligaba a indemnizarle con 100 euros.
Las defensas de Manuel Alexis González y Manuel Jesús Fuentes remitían en julio un escrito donde indicaban que tenían la intención de recurrir la sentencia que dictaba la Audiencia provincial a finales del mes de junio, tras celebrarse el juicio oral el 20 del citado mes.
Ahora desde el juzgado se da traslado a las partes: Fiscalía, acusación particular (Fran González, portavoz del PSOE) y acusación popular (PP) de la psibilidad de impugnar el recurso de los dos condenados. A ello se acogerá el Partido Popular, mientras que el PSOE esperará a la resolución del recurso, según fuentes consultadas por este medio. El recurso de los populares estará “fundamentado en derecho”.
Las defensas de Manuel Alexis González y Manuel Jesús Fuentes pedían al juzgado que se le diese traslado a cada una de las partes a la grabación de la sesión del juicio oral.
Estas dos personas eran citadas a juicio el pasado 20 de junio en la sección tercera de la Audiencia, por los hechos producidos en el Pleno celebrado hacía un año, cuando se llevaron a cabo unas supuestas amenazas por parte de estos dos jóvenes que se encontraban como público en el salón de Plenos.
Según la sentencia, estas amenazas se realizaron de manera “exaltada, vociferando y gesticulando indicaban al edil del PSOE que a partir de ahora “necesitarás escolta cuando salgas a la calle”, a la vez que el segundo de los acusados, Manuel Jesús Puente, decía “hijo de puta, te espero en la calle”.
En el juicio, uno de los acusados afirmó que no es una persona “política”, aunque como consta en la sentencia, Manuel Alexis González era candidato en las últimas elecciones municipales en la lista de Por Cádiz Sí Se Puede.
Los hechos probados indican que antes del Pleno, el PSOE se había posicionado en el sentido de votar en contra de los presupuesto. Este hecho “provocó que en redes sociales afines al partido que rige el Gobierno municipal se convocara a los ciudadanos para que acudieran a dicho Pleno para que ‘los partidos tengan que mirarte a la cara y decirte de qué lado están’”, según consta en la sentencia.