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Sevilla

Fiscalía rebaja a 10 años y medio su petición para el acusado

Solicita que el acusado de matar a su tía cumpla dicho periodo de tiempo en un centro psiquiátrico

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La Fiscalía de Sevilla ha rebajado de 15 años a 10 años y medio de cárcel su petición de condena por un delito de asesinato para José G.O., el acusado de matar de 42 puñaladas a su tía el día 7 de mayo de 2015 en la barriada de San Diego porque la culpaba de la muerte de uno de sus perros.

Durante el juicio con jurado popular que se está celebrando en la Audiencia Provincial de Sevilla, el Ministerio Público ha interesado que, en lugar de ingresar en prisión y dado que tiene sus facultades alteradas por la esquizofrenia paranoide que padece, sea internado por ese periodo de tiempo en un centro psiquiátrico adecuado al tipo de anomalía o alteración que padece.

La Fiscalía ha rebajado la petición de condena que solicitaba inicialmente para el investigado porque ha tenido en cuenta su reconocimiento de los hechos.

Asimismo, ha mantenido su petición de dos años de cárcel para una hermana de la víctima por un delito de omisión del deber de impedir delitos o promover su persecución, ya que, días antes de los hechos, el acusado "le manifestó de forma inequívoca su clara intención de acabar con la vida de su tía", pese a lo cual la encausada no denunció tal circunstancia "a fin de evitar el resultado que finalmente se produjo".

Durante la última sesión del juicio, además, se han visionado las imágenes grabadas por unas cámaras de seguridad del edificio donde vivía la fallecida el día de los hechos, en las que se ve cómo el acusado apuñala a la víctima hasta acabar con su vida.

El fiscal considera probado que el día 7 de mayo de 2015, el acusado acudió con la víctima al veterinario con motivo de la enfermedad de un perro de su propiedad, no pudiéndose hacer nada por el animal, que acabó falleciendo, de manera que el imputado, "que culpaba a su tía de la muerte del perro, decidió castigar a la misma, por lo que se propuso atentar contra su vida".

"No hay ninguna duda de quién es el autor de los hechos", puesto que el propio imputado reconoció en su declaración haber cometido el crimen, ha manifestado el fiscal, que considera que el acusado es autor de un delito de asesinato con las agravantes de alevosía, ya que se trató de un ataque "inesperado" y "sorpresivo" ante el que la fallecida "no tuvo oportunidad alguna de defenderse", y de ensañamiento, puesto que le propinó hasta 42 puñaladas.

FACULTADES "GRAVEMENTE" AFECTADAS PERO NO ANULADAS

En este sentido, el Ministerio Público ha precisado que el acusado propinó todas las puñaladas a la víctima cuando ésta se encontraba con vida, resaltando de este modo que le agredió de forma "inhumana" y con una especial "agresividad".

El fiscal aplica al acusado la eximente incompleta de anomalía o alteración psíquica porque entiende que tenía sus facultades "gravemente" alteradas pero no "completamente anuladas", señalando que existen hasta tres informes forenses, en "ninguno de los cuales se hace constar que tuviera anuladas" sus facultades y su capacidad de entender y de voluntad.

"No tenía ninguna distorsión de la realidad", ha relatado el representante del Ministerio Público, que ha resaltado que, tras cometer el crimen, el acusado fue interceptado y sancionado por la Guardia Civil porque iba conduciendo su motocicleta sin el casco reglamentario, a pesar de lo cual tuvo "la sangre fría y la tranquilidad de que no se le notara nada".

Por ello, considera que "comprendía perfectamente la ilicitud del hecho y sabía perfectamente que había cometido una cosa ilegal", pues "sabía que lo iban a detener" por el crimen cometido "y trató de huir".

LA ACUSADA NO HIZO "NADA" PARA EVITAR EL CRIMEN

Respecto a la acusada, el fiscal ha aseverado que, durante el juicio, "ha quedado acreditado que no hace nada" tras asegurarle el acusado que iba a acabar con la vida de la fallecida. "Dice que llamó a la víctima pero que no le cogía el teléfono, puede ser, pero por qué no se lo dice al resto de familiares", se ha preguntado.

"No se lo dice a los hermanos, no llama a Emergencias, no llama a la Policía", ha subrayado el Ministerio Público, quien ha abundado en que la imputada "no hace nada por evitarlo, no trata de convencerlo" para que no cometa el crimen.

De su lado, el abogado de los dos acusados ha alegado que, en el caso de José G.O., se trata de "un enfermo, una persona que desde hace seis años y medio está arrumbado por el resto de la familia". "La víctima era la única persona que le cuidaba, y encima él va y se la carga", ha señalado.

Al hilo, ha defendido que "no se le puede imponer una atenuante" sino una eximente completa, pues "tenía todas sus facultades absolutamente alteradas", punto en el que ha aseverado que su patrocinado "tiene derecho a intentar tener con el tiempo una segunda oportunidad".

LA DEFENSA DICE QUE EL ACUSADO "ES INIMPUTABLE"

Tras señalar que José "es inimputable", ha lamentado que su cliente "se vació con su tía, con lo que más quería", ya que le propinó hasta 42 puñaladas.

Asimismo, el abogado ha solicitado la libre absolución de la hermana de la víctima que está siendo juzgada, ya que, después de decirle el acusado que iba a acabar con la vida de la finada, la imputada "llamó a su hermana, a las 3,00 o las 4,00 horas, pero las relaciones no eran muy positivas y no le cogió el teléfono".

"La lloró y la sigue llorando", ha puesto de manifiesto el letrado.

Tras la presentación de los informes finales por parte de la Fiscalía y la defensa, el acusado ha hecho uso de su derecho a la última palabra para decir que "no fue a escapar al río Huéznar", donde fue finalmente detenido por la Policía, y que su familia "no es normal, no es como las demás, están en crisis tanto mis tíos, como mis abuelos y hermanos".

De su lado, la acusada ha asegurado que "nunca ha sido una mala persona" y que no deseaba la muerte de su hermana, dirigiéndose al fiscal para afirmar que, "antes de decir lo que ha dicho, debería conocerme un poquito".

El próximo lunes, la magistrada-presidente del juicio entregará el objeto del veredicto a los miembros del jurado, que se retirarán entonces a deliberar para decidir sobre la culpabilidad o inocencia de los dos investigados.

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