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Almería

Ecologistas elevan queja a CE para que declare "inviable" la obra del hotel en Cabo de Gata avalado por el TS

Argumentan que contraviene la normativa ambiental europea y tendría "consecuencias irreversibles" para el humedal

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La Asociación Amigos del Parque Natural de Cabo de Gata-Níjar y Grupo Ecologista Mediterráneo (GEM) han elevado una queja comunitaria ante la Comisión Europea en la que le insta a que realice "las investigaciones oportunas" en aras de decretar la "inviabilidad ambiental" del proyecto para la construcción de un hotel de 50 habitaciones en el paraje Campillo de Gata, en el parque natural de Cabo de Gata-Níjar (Almería).

   La queja se ha remitido después de que el Tribunal Supremo (TS) avalase en mayo de 2010 la licencia municipal de obras concedida por el Ayuntamiento de Níjar en 2001 y se haya dado viabilidad al proyecto de actuación de interés turístico de este complejo hotelero que, según ha remarcado a Europa Press el portavoz de Amigos del Parque, Enrique Ruiz, "tendría unas consecuencias irreversibles para la conservación de los valores naturales del humedal" que acoge este espacio protegido.

   En el escrito, ambos colectivos instan a la CE a realizar "requerimientos a España" para urja a Ayuntamiento de Níjar y Junta de Andalucía "para se opongan a la ejecución de las resoluciones judiciales que dan la razón la empresa promotora del hotel".

   "Son materialmente y legalmente imposibles de ejecutar porque vulnerarían directivas europeas en materia de derecho ambiental y tendríamos unos daños irreversibles que podrían suponer un quebranto del equilibrio natural de una zona con un alto valor ambiental como son los Humedales de Cabo de Gata", ha advertido Ruiz, quien ha añadido que el Ayuntamiento de Níjar "debería revisar de oficio las licencias otorgados por ser nulas de pleno derecho".

   La queja, a la que ha tenido acceso Europa Press, traslada a la CE que el proyecto pone en peligro la "integridad del espacio protegido" y "vulnera la normativa comunitaria relativa a la conservación de hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres" y subraya "no cuenta con los parámetros ambientales exigidos" para una adecuada conservación de los valores protegidos en la Red Natura 2000, además de "carecer de un estudio ambiental exigido también por la normativa comunitaria para las instalaciones de turismo en espacios no urbanos".

   "Consideramos que la Comisión Europea puede manifestar su preocupación al Estado español como administración responsable en la adecuada aplicación del derecho comunitario en el territorio nacional, en este caso, por un proyecto de uso turístico que alteraría de forma grave e irreversible los valores naturales del un espacio protegido como la zona LEC de Cabo de Gata-Níjar", señala.

   Ambos colectivos destacan que la CE "puede ser determinante para evitar que se puedan ejecutar estas sentencias" e instar al Ayuntamiento de Níjar que busque formulas "admitidas en derecho para revocar los actos administrativos" que autorizan el hotel en el paraje de Campillo de Gata, incluido --ahonda-- en la zona LEC de Cabo de Gata-Níjar.

   La queja pone en conocimiento, asimismo, de este organismo que la Junta de Andalucía, tras conocer el fallo del TS que legalizaba la licencia de obras , dicto una resolución en relación con la afectación al parque natural de este proyecto y requirió a la mercantil 'Círculo Agroambiental' para que con carácter previo desarrollase el estudio ambiental a los efectos de la Ley 7/2007 de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental .
CONSECUENCIAS PENALES

   "La empresa hizo caso omiso y realizó las primeras labores de movimientos de tierras, lo que derivó en una paralización cautelar de los trabajos y la apertura de un expediente sancionador contra la empresa", resume para, a continuación, señalar que han intentado personarse en dicho expediente sancionador, tanto como parte denunciante como interesados en acceso a la información ambiental.

   También informan de que la Junta de Andalucía les "denegó la personación" en resolución de 17 de Octubre de 2013 "en un claro intento de falta de transparencia en la gestión ambiental" en un espacio protegido integrado en la RED NATURA 2000" al tiempo que critican que  "reiteradas ocasiones" han presentado escritos dirigidos al Ayuntamiento de Níjar "para instarles a que se opongan a la ejecución de dichas sentencias por imposibilidad material y legal y revocaran el acto de oficio". "Siempre hemos obtenido un desistimiento, como la nula contestación a la solicitud de revisión de oficio", concluyen.

   El Tribunal Supremo (TS) archivó el procedimiento incoado tras la demanda de la Junta después de que ésta desistiese de continuar con el recurso de casación interpuesto contra el fallo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que ya desestimó en 2009 otro recurso de la Administración en el mismo sentido por "defectos formales" en la argumentación y ratificó la validez del permiso.

   La orden de paralización de los trabajos ha derivado en un procedimiento judicial contra el exviceconsejero de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía Juan Jesús Jiménez y el exsecretario general de la Delegación Provincial, Augusto Ignacio Segura, quienes se enfrentan a penas de siete y de diez años de inhabilitación respectivamente. El Ministerio Público no ha ejercido acusación, que sí ha formulado la mercantil 'Círculo Agroambiental'.

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