Así lo ha acordado la sección segunda de la sala de lo penal de este tribunal, que ha condenado a Zubiaga, para quien el fiscal solicitaba 112 años de cárcel, por un delito de estragos terroristas, tres atentados con resultados de lesiones, cinco de lesiones y nueve faltas de lesiones.
Por ello, también le han obligado a indemnizar conjunta y solidariamente con sus compañeros del "comando Madrid" Ana Belén Egües y Aitor García Aliaga -ya condenados por estos hechos- con 636.023 euros a una veintena de heridos, con 223.621 euros a la concesionaria del aparcamiento y con 26.815,69 euros al Ayuntamiento de Madrid.
La sala, compuesta por el presidente, Fernando García Nicolás, y los magistrados Ángel Hurtado y Enrique López, considera probado en su sentencia que Egües y García Aliaga planearon perpetrar un atentado con coche-bomba el 12 de octubre de 2001 en Madrid, coincidiendo con el desfile de las Fuerzas Armadas.
Para ello, Egües y Aliaga sustrajeron un vehículo entre los días 16 y 17 de agosto en la calle Quero de Madrid y en su interior introdujeron un artefacto compuesto por un temporizador, detonadores y carga explosiva de entre 25 y 30 kilos de tytadine.
Los tres miembros del "comando Madrid", prosigue el tribunal, planificaron que dicho artefacto hiciera explosión a las 12:00 horas, pero "erraron en programar el temporizador y lo activaron a las 24:00 horas".
Así, a las 11:07 horas, Egües y Zubiaga estacionaron el coche en un vado de salida de un edificio de Telefónica situado en el número 26 de la calle Alcántara.
Diez minutos más tarde, afirman los magistrados, una llamada efectuada por García Aliaga alertó de la colocación del coche-bomba, que explotaría en media hora y dio el grito de "Gora ETA", por lo que la Policía acordonó la zona y acudió con perros que rastrearon el lugar, aunque al no encontrar los explosivos levantaron las medidas de seguridad.
Sobre las 18.35 horas los vigilantes de Telefónica avisaron para que se retirara el vehículo, que fue trasladado al depósito situado en la primera planta del aparcamiento de la plaza de Colón, donde pasadas las doce de la noche se activó el temporizador y explotó.
Como consecuencia de la explosión, una veintena de personas resultaron heridas, entre ellas, seis policías.
Recuerda la sala que durante el juicio, celebrado el pasado 14 octubre, el acusado reconoció ser militante de ETA y aseguró no tener "nada que manifestar sobre esta acción ni sobre ninguna otra iniciativa", tras lo cual se remitió a los comunicados publicados por la banda "sobre esta acción y sobre cualquier asunto".
También se refiere al testimonio de sus compañeros de comando en la vista, en la que aseguraron que las declaraciones inculpatorias que realizaron en sede policial fueron bajo torturas, para subrayar que no fue más que una "estrategia para favorecer" a Zubiaga.
"No queda duda de que el propósito criminal era -siguiendo las directrices y propósitos de la banda terrorista ETA- atemorizar a las personas", concluyen los magistrados, que estiman que "el aviso transmitido antes de que se produzca la explosión no puede ser interpretado como un deseo de evitar daños".