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Galicia

El TSXG revisa la condena de 40 años de cárcel por el doble crimen de Soutomaior

El condenado fue juzgado en mayo por la Audiencia de Pontevedra por asesinar a tiros a su hermana y a su sobrina tras una discusión familiar

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  • Lugar de los hechos. -

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) albergará este lunes, 9 de enero, la vista de apelación contra la sentencia dictada por la sección quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra que condenó a 40 años de cárcel a un vecino de la localidad pontevedresa de Soutomaior que asesinó a tiros a su hermana, de 62 años, y a su sobrina, de 26 años, en agosto de 2020.

Todo ello se produce después de que el pasado mes de mayo, la Audiencia Provincial de Pontevedra, de acuerdo con el veredicto del Tribunal del Jurado, lo considerara culpable de dos delitos de asesinato y un delito de tenencia ilegal de arma de fuego, después de que matase a sus familiares cuando ellas se trasladaron a su domicilio para pedirle que les devolviese una escalera que le habían prestado.

En concreto, el tribunal condenó al varón a 21 años de prisión por el asesinato de su hermana, así como a otros 18 años de cárcel por matar a su sobrina, mientras que le estableció un año y dos meses de prisión por tenencia ilegal de arma de fuego. Además, se le impuso el pago de una indemnización que superaba los 257.000 euros a tres familiares de las víctimas.

En la sentencia, el magistrado presidente indicaba que el hombre, tras coger una pistola, se dirigió hacia las víctimas, quienes habían cogido la escalera y estaban en la parte sin cubrir de la vivienda. Allí, les disparó con la intención de acabar con sus vidas "de forma sorpresiva para ellas y a corta distancia, evitando así cualquier posibilidad de defenderse".

El Jurado, que basó su veredicto tanto en los informes forenses como en el informe técnico policial y de inspección ocular, lo consideró culpable de dos delitos de asesinato, con la concurrencia, en ambos, de la circunstancia de alevosía y, además, en el de su hermana, el agravante de parentesco.

La Audiencia explicó que en el juicio no se cuestionó que el acusado hubiese disparado, "sino si esa conducta la llevó a cabo de una forma alevosa o como solución ante una situación de miedo que le generó la necesidad de defenderse".

En este sentido, el Jurado consideró por unanimidad la existencia de alevosía "por lo sorpresivo del empleo de una pistola", pues nadie sabía que la tenía, y "por su empleo a una distancia tan corta, que venía a asegurar su propósito, amén de que el empleo de tal arma venía a situar a sus víctimas en una situación de indefensión".

"En definitiva, el Tribunal del Jurado viene a fundamentar la concurrencia de la circunstancia de la alevosía no solo en la extremada potencialidad del instrumento utilizado, que eliminaría la eficacia de cualquier defensa, sino en el factor sorpresa, siendo irremediable el resultado, estando privadas las víctimas de cualquier posibilidad de escapar al mismo", subrayaba la Audiencia en la sentencia, contra la cual cabía presentar recurso.

Ahora, el acusado, tras recurrir la sentencia, comparecerá este lunes, 9 de enero, de forma telemática ante la Sala de lo Civil y Penal del TSXG.

Los hechos por los que ha sido juzgado el vecino de Soutomaior se remontan al 21 de agosto de 2020 cuando, a primera hora de la tarde, las víctimas acudieron a la infravivienda en la que vivía el acusado para reclamarle una escalera.

Allí, el hombre cogió una pistola automática de calibre 9 mm, para la que no tenía licencia, y disparó prácticamente a quemarropa a su hermana y a su sobrina, sin que tuvieran posibilidad de defensa, según recogía el escrito del Ministerio Fiscal, que pedía para él hasta 44 años de cárcel.

Finalmente ha sido condenado a 40 años de prisión por la Audiencia Provincial de Pontevedra, sentencia que revisará este lunes, 9 de enero, el TSXG.

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